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ENDURECIMIENTO DEL CONFINAMIENTO Y ACTIVIDADES ESENCIALES (REAL DECRETO-LEY 10/2020 DE 29 DE MARZO)

by Fedepesca / lunes, 30 marzo 2020 / Published in NOTICIAS

Se han adoptado nuevas medidas de
limitación a la movilidad de las personas:

  • Los trabajadores por cuenta ajena cuya actividad
    no sea de las que ya se prohibieron según el RD del 14 de marzo, tendrán
    prohibido desplazarse a sus lugares de trabajo. Existen excepciones que más
    adelante detallamos, pero en realidad va a afectar básicamente a la industria y
    especialmente a la construcción.
  • Las personas afectadas por la presente norma
    deberán dejar de ir a trabajar, pero su empresa deberá pagarles normalmente.
  • Esto será de aplicación entre el 30 de marzo y
    el 9 de abril, ambos inclusive. Las horas que no va a trabajar durante estos 8
    días laborables, se recuperarán (con condiciones) entre el día siguiente al de
    la finalización del estado de alarma y el 31 de diciembre de 2020.
  • En
    aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la
    actividad,
    podrán prestar servicios hoy día lunes 30 de marzo de
    2020.
  • Excepciones:
    • Los afectados por un ERTE, los que estén de baja
      y los que estén tele trabajando.
    • Además la ley incluye un listado de 25 tipos de
      personas trabajadoras por cuenta ajena que también están exceptuados de cumplir
      lo establecido en el Real Decreto. Entre ellos destacamos:

      • Los
        que realicen actividades que se permitieron mantener abiertas expresamente como
        pudieron ser los comercios minoristas de pescado, las farmacias o el comercio
        por internet.
      • Los
        que trabajan en la cadena de abastecimiento del mercado, como pueden ser los
        mayoristas de pescado.
      • Los
        que prestan servicios en las actividades de hostelería de entrega a domicilio.
      • Personas
        que atienden a mayores, menores o personas dependientes entre otras. También
        las que prestan servicios de limpieza, de mantenimiento o de recogida de
        residuos.
      • Veterinarios,
        kioscos, medios de comunicación, bancos, gestorías y transportes.
      • Los
        despachos y asesorías legales y gestorías administrativas, por lo que la labor
        de nuestra asociación también está incluida entre las actividades esenciales.


Source: FEDEPESCA

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