Minimización de descartes
El descarte es la práctica de devolver al mar las capturas no deseadas, vivas o no, por no alcanzar la talla, porque el pescador no dispone de cuota o determinadas normas de composición de las capturas. La nueva PPC elimina este despilfarro introduciendo la obligación de desembarque. Este es uno de los puntos más polémicos de la reforma de la PPC, ante la dificultad para su aplicación uniforme en todos los países, cuando éstos disponen de una cuota muy diferente para el desarrollo de su actividad.
Con la reforma se llega a un acuerdo que contempla la aplicación de la prohibición de los descartes en base a un calendario según cada una de las especies, que en unos casos comienzan en 2015, en otros en 2016 y en otros en 2017. Esto significa que la flota tendrá la obligación de mantener a bordo todas las capturas de las especies con cuota. Con el fin de amortiguar el impacto de esta medida se establecen mecanismos de flexibilidad como una pequeña tolerancia en el número de descartes (máximo del 7%), la posibilidad de consumir parte de la cuota del año que viene o intercambiar la cuota de las distintas especies.
Las capturas que no cumplan con las tallas mínimas también deberán ser desembarcadas pero no podrán comercializarse para consumo humano, sino que se entregarán a organizaciones benéficas o se destinarán a elaborar harinas, aceites o cremas de belleza. El resto de las especies procedentes de descartes se comercializarán en los mercados.
Esta novedad favorecerá una mayor selectividad al desincentivar el descarte. Para facilitar la adaptación de los pescadores al cambio, la obligación se irá introduciendo paulatinamente, entre 2015 y 2019, en toda la pesca comercial (especies sujetas a TAC o a tallas mínimas) en aguas europeas.